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la fiscalía rechazó las nulidades de la defensa y la causa avanza hacia el juicio oral

la fiscalía rechazó las nulidades de la defensa y la causa avanza hacia el juicio oral


La fiscal federal María Laura Roteta, titular de la Unidad Fiscal La Plata, rechazó la totalidad de los planteos de nulidad presentados por la defensa de Ariel García Furfaro, el principal imputado en la causa que investiga la contaminación de fentanilo que derivó en un brote bacteriano asociado a 90 muertes de pacientes en varias provincias del país. En un dictamen de 43 fojas, la fiscal calificó de “especulativa” la estrategia procesal del defensor y solicitó la continuidad del trámite de la instrucción, en lo que la encargada del caso dictaminó como “una crisis sanitaria sin precedentes”.

Fentanilo adulterado

La causa, a cargo del juez federal Ernesto Kreplak, tiene procesadas a quince personas por la principal tragedia sanitaria del país. Trece de los imputados son directivos y responsables de los laboratorios Ramallo y HLB Pharma, mientras que las dos restantes son ex funcionarias de organismos de control: Nélida Agustina Bisio, ex administradora nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), y Gabriela Carmen Mantecón Fumadó, ex directora nacional del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME)

Las nulidades habían sido articuladas por el abogado Gastón Marano, defensor de García Furfaro, quien solicitó declarar nulos los ensayos de esterilidad realizados sobre las ampollas de fentanilo HLB de los lotes 31.201, 31.202, 31.244 y 31.245. Dichos estudios, elaborados por el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME) y el laboratorio Gobbi Novag S.A., resultaron clave para vincular genéticamente las bacterias halladas en el anestésico con las detectadas en las víctimas. A la solicitud se adhirieron las defensas de coimputados como Wilson Pons, José Antonio Maiorano, María Victoria García, Javier Tchukrán, Hernán García, Diego García, Rocío Garay, Víctor Bocaccio, Adriana Iudica, Edgardo Sclafani y Horacio Tallarico, requiriendo de manera subsidiaria la repetición de las pericias.

Una startup consigue fondos para una “vacuna” contra el fentanilo

Frente a la resolución fiscal, las querellas calificaron lo sucedido como “muy grave” y respaldaron la labor del juez Kreplak y de la fiscal Roteta, señalando que “vienen trabajando con mucha responsabilidad y de manera incesante desde que comenzó el caso”.

En ese contexto, las familias de las víctimas reclamaron a la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, integrada por los jueces Alberto Vallefín, Roberto Agustín Lemos Arias y Emilio Santiago Faggi, que se pronuncie sobre los primeros procesamientos dictados hace casi un año por el magistrado, quien inicialmente atribuyó 20 muertes y luego amplió la cifra a 90 fallecidos. El expediente permanece bajo revisión de la alzada tras la apelación interpuesta por García Furfaro, advirtiendo las querellas que “si no lo hacen, la causa no puede ser elevada a juicio oral”.

Tragedia del fentanilo: la fiscalía rechazó las nulidades de la defensa por “especulativas” y la causa avanza hacia el juicio oral

La fiscal federal María Laura Roteta, titular de la Unidad Fiscal La Plata, rechazó en las últimas horas la totalidad de los planteos de nulidad presentados por la defensa de Ariel García Furfaro, principal imputado en la causa que investiga la contaminación de fentanilo que derivó en un brote bacteriano asociado a 90 muertes de pacientes en varias provincias del país. En un duro dictamen de 43 fojas, la fiscal calificó de “especulativa” la estrategia procesal del defensor Gastón Marano y solicitó la continuidad del trámite de la instrucción.

Antes de desarrollar los fundamentos técnicos y jurídicos de su resolución, Roteta cuestionó con dureza la oportunidad procesal elegida por la representación legal del imputado. La fiscal remarcó que Marano formalizó la nulidad el 13 de septiembre de 2026, el mismo mes en que venció el lote 31.202 de fentanilo HLB, el principal involucrado en el brote, pese a que García Furfaro cumple prisión preventiva desde agosto de 2025.

“Como se observa, la fecha de la presentación no es inocente. Tampoco es inocente que con ella busque, en rigor, la repetición de los estudios”, sostuvo el dictamen. Roteta enfatizó que la maniobra “pone de manifiesto el carácter especulativo de la estrategia procesal desplegada, cuya oportunidad no puede desvincularse de las consecuencias que el transcurso del tiempo y el vencimiento del producto proyecta sobre la reedición del análisis de esterilidad que se pretende”.

Fentanilo adulterado
Fentanilo adulterado

La controversia planteada por la defensa argumentaba que los análisis de esterilidad sobre los lotes 31.201, 31.202, 31.244 y 31.245, realizados por el INAME y el laboratorio Gobbi Novag S.A., que resultaron clave para vincular las bacterias del anestésico con las halladas en las víctimas, constituían una pericia bajo el artículo 253 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), invocando que debió notificarse previamente a las partes para proponer peritos de parte según el artículo 258.

Roteta calificó esa premisa de “falsa” al señalar que “ni el análisis de esterilidad ni la secuenciación del Instituto Malbrán fueron ordenadas por el juzgado”, sino que se trató de un procedimiento técnico-administrativo ejecutado por el INAME bajo las facultades de fiscalización sanitaria de la ANMAT. Asimismo, desestimó los reclamos por falta de intervención de la defensoría oficial en esa fase inicial, recordando que Marano aceptó el cargo de defensor el 22 de julio de 2025 y las partes tuvieron acceso a los informes técnicos desde el inicio.

Procesaron a dos exfuncionarias de la ANMAT por la causa del fentanilo adulterado

Chats internos revelaron que los laboratorios sabían que el anestésico “dio mal cuatro veces” antes de distribuirlo

Conversaciones internas halladas en los celulares de los directivos procesados revelaron que el propio laboratorio sabía que el fentanilo no cumplía con los controles de esterilidad antes de su comercialización.

En un mensaje del 6 de mayo de 2025 hallado en el teléfono del jefe de Control de Calidad, Wilson Pons, la supervisora de microbiología advertía: “El fentanilo dio mal, hay que repetirlo mañana. Quedan dos ampollas en la heladera, envueltas en aluminio. Necesito que a primera hora 2 analistas distintas hagan el ensayo”. Al día siguiente, en un chat con la subjefa del área, Adriana Iudica, la profesional confirmó que el lote producido en Laboratorios Ramallo había dado positivo en cultivos TIO y TSB por tercera vez: “La esterilidad la primera vez la hizo Nerina, la repitió Alma y ahora Luciana. El microbiológico tiene crecimiento igualmente”.

La gravedad del cuadro quedó ratificada el 28 de mayo de 2025, cuando una técnica le preguntó a la supervisora si el lote había dado positivo. “Se analizó 4 veces. Las anteriores dio mal”, le respondió la jefa de área mientras la policía custodiaba la puerta de la planta. Pese a estas alertas reiteradas y a la inspección del INAME del 12 de mayo, donde se constató el faltante de ampollas museo retiradas para análisis internos, el proceso de fabricación y distribución no se detuvo.

Sobre estos elementos, la fiscal Roteta concluyó de forma categórica que “el fentanilo HLB salió contaminado del Laboratorio Ramallo y las bacterias en su interior fueron identificadas en los análisis técnicos llevados adelante por personal del Hospital Italiano de La Plata, por personal del INAME en los Laboratorios Gobbi Novag S.A. y por personal de la cátedra de microbiología de la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la UBA”.

El dictamen desestimó además las impugnaciones de la defensa contra la imparcialidad de Gobbi Novag S.A. y del INAME. La fiscal calificó de “genéricas” las acusaciones y subrayó que la posterior secuenciación genómica realizada por el Instituto Anlis-Malbrán ratificó de manera independiente la solidez de los resultados. Asimismo, rechazó los cuestionamientos sobre la cadena de custodia al precisar que existen catorce actas firmadas por funcionarios públicos que documentaron cada etapa del proceso conforme a la Ley 16.463.

Respecto a las supuestas fallas técnicas en la Farmacopea Argentina alegadas por los imputados, Roteta sostuvo que la defensa no logró explicar cómo influyeron en el resultado final ni cómo los microorganismos aislados perderían su vinculación fenotípica con las muestras de los pacientes. En la misma línea, desarticuló la hipótesis que intentó responsabilizar a los productos de Gobbi Novag, remarcando que las bacterias Klebsiella pneumoniae y Ralstonia mannitolilytica fueron detectadas en pacientes de centros de salud, como el Hospital Clemente Álvarez y el Hospital Italiano de Rosario, o el Sanatorio Dupuytren de CABA, que jamás adquirieron dicha marca competidora.

Al calificar el caso como la mayor crisis sanitaria sin precedentes en el país, la fiscal le solicitó al juez federal Ernesto Kreplak que rechace la nulidad pretendida por la defensa al sostener que “carece de todo sustento fáctico y normativo”, disponiendo la inmediata continuidad de la instrucción.

MP/DCQ



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