La reciente radicación de un proyecto de acto legislativo en el Congreso, que busca habilitar el derecho al voto para militares y policías en servicio activo en Colombia, reavivó el debate sobre la participación electoral de la fuerza pública y sus implicaciones para la democracia del país.
El senador Germán Rodríguez, mayor retirado de la Infantería de Marina e integrante del partido Salvación Nacional, presentó una iniciativa que permitiría a los miembros activos de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional votar en las elecciones presidenciales y de Senado, un derecho del que están excluidos desde hace décadas.
Según explicó el legislador, el objetivo es reconocer el derecho al sufragio de los uniformados, pero sin abrir la puerta a su participación partidista mientras permanezcan en servicio activo.
El proyecto, según explicó Rodríguez, enfatiza que la función del sufragio se limitaría a las elecciones de presidente y Senado, manteniendo la prohibición a los uniformados de intervenir en actividades o debates políticos.
“Lo que quiere decir es que los uniformados no pueden hacer ningún tipo de política”, puntualizó el senador. Además, señaló que la diferencia entre votar y hacer proselitismo se mantendría clara, al afirmar: “En ningún batallón vamos a ver a un coronel formando a todo su batallón para que voten por el A o por el B, ni ningún sargento podrá hacerlo”.
Para entender el fondo de la discusión, Sergio Morales, coordinador académico de la Facultad de Estudios Jurídicos, Políticos e Internacionales de la Universidad La Sabana, explicó a Infobae Colombia los motivos históricos y jurídicos detrás de la prohibición.
Morales detalló que la restricción está consagrada en el artículo 219 de la Constitución Política de Colombia, el cual establece que la fuerza pública no es deliberante y que sus miembros no pueden votar mientras estén en servicio activo.

El experto recalcó que, contrariamente a lo que muchos piensan, la prohibición surgió a pedido de los propios militares en 1930, cuando un grupo de oficiales solicitó al Congreso la eliminación del derecho al voto para protegerse de presiones de sus superiores y del uso político de la fuerza pública. “La prohibición no nace para castigar al uniformado, nace para que nadie pueda usar su voto”, afirmó Morales.
Sobre la viabilidad de la propuesta, el analista Morales aclaró que un cambio de este tipo requiere una reforma constitucional, no una ley ordinaria.
“La ley no puede contradecir a la Constitución. Si el Congreso aprueba mañana una ley diciendo ‘los militares votan’, esa ley sería inconstitucional al día siguiente”, explicó el académico. El proceso de reforma constitucional en Colombia exige superar ocho debates —en vez de los cuatro de una ley ordinaria— y cumplir estrictos plazos legislativos.
El académico subrayó que el trámite debe completarse en una sola legislatura, con la mitad de los debates antes del 16 de diciembre y el resto antes del 20 de junio del año siguiente. “Si se pasa un solo día de esos plazos, el proyecto se hunde y hay que empezar de cero”, puntualizó.

Sergio Morales, coordinador académico de la Facultad de Estudios Jurídicos, Políticos e Internacionales de la Universidad La Sabana, calificó como baja, pero no nula, la probabilidad de que la reforma avance. Entre 2012 y 2025, se han presentado al menos ocho intentos similares, todos archivados. La tasa de éxito de las reformas constitucionales es cercana al 10%.
No obstante, recordó que en 2022 un proyecto similar estuvo a un voto de superar el primer debate en el Senado, tras la intervención del entonces ministro de Defensa, Iván Velásquez, que manifestó la oposición del Gobierno.
El contexto político actual podría modificar el escenario. “La Comisión Primera del Senado la preside el propio partido autor del proyecto y hay un gobierno que llegó con un discurso muy cercano a la fuerza pública. Por eso diría que la posibilidad está ahora no en ese 10, sino entre un 15 y un 25%”, indicó el experto.

Todo dependerá de la postura del ministro de Defensa, general (r) Jorge Mora. Si apoya la iniciativa, la probabilidad aumentaría; si la rechaza, las opciones de éxito se reducirían.
Colombia cuenta con cerca de 400.000 uniformados en servicio activo: unos 180.000 policías y 220.000 militares. Si todos pudieran votar, representarían alrededor del 1,5% del electorado, frente a los 26 millones de votos emitidos en la última elección presidencial. Aunque la cifra parece marginal, el margen que decidió la presidencia fue de 250.830 votos, menos de un punto porcentual.
El analista Morales advierte que, si bien no se puede asumir que los militares y policías votan en bloque, un grupo de ese tamaño puede inclinar el resultado en contiendas ajustadas. El caso de Perú, donde el voto militar se habilitó en 2005, muestra que no existe evidencia de que la fuerza pública vote de manera uniforme, aunque sí se diseñaron reglas específicas para garantizar la neutralidad.

Colombia no es el único país con restricción al voto de la fuerza pública en activo, aunque la tendencia regional apunta a permitirlo. En América Latina, cerca de cinco países mantienen la prohibición. Perú reformó su constitución para habilitar el voto, pero mantuvo la prohibición de postularse a cargos públicos y de hacer política partidista para los uniformados, además de establecer procedimientos rigurosos para el proceso electoral.
Sobre este punto, la excandidata presidencial Sondra Macollins expresó a Infobae Colombia su desacuerdo con la reforma y alertó sobre el riesgo de que, dentro de una institución jerárquica, la libertad de sufragio no pueda garantizarse de manera efectiva. Para Macollins, la experiencia histórica de América Latina evidencia que cuando las fuerzas armadas se involucran en procesos electorales, la democracia puede perder su árbitro neutral.
El artículo 219 de la Constitución, según la abogada, no representa un capricho que deba modernizarse, sino una garantía de separación efectiva entre las decisiones políticas y la ejecución armada. Macollins alertó que, aunque el texto legal prometa la libertad del voto individual, en la práctica resulta difícil verificar que no existan presiones internas en las cadenas de mando.

En su opinión, “una cosa es la intención del texto legal, y otra muy distinta es lo que ocurre en el terreno cuando quien cuenta con el mando de las armas también tiene, potencialmente, opinión sobre quién debería gobernar ese mando”.
Desde el análisis técnico, Morales insistió en que el núcleo del debate no es solo jurídico, también institucional. La experiencia histórica y los datos muestran que la inclusión del voto militar no depende únicamente de la voluntad política, sino del diseño de reglas que garanticen el carácter apolítico de la fuerza pública y la protección de sus miembros frente a presiones jerárquicas. “El debate útil no es si votan, sino cómo votarían”, concluyó.
Ahora, desde la perspectiva política, Sondra Macollins advierte que el control civil sobre las fuerzas armadas no se fortalece dándoles voto, sino manteniendo una frontera clara entre quienes deciden las políticas del Estado y quienes las ejecutan con las armas.
“Esa frontera es, precisamente, lo que nos ha permitido tener unas Fuerzas Militares y una Policía que responden al poder civil sin importar de qué color sea el gobierno de turno. Es un activo que muchos países de la región no tienen, y que no deberíamos arriesgar por un argumento —‘solo es sufragio’— que ya ha demostrado, en cuatro intentos previos, que no logra convencer ni siquiera al propio Congreso de que la línea se puede sostener en la práctica”, cerró Macollins en declaraciones a Infobae Colombia.