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El Gobierno aumentó el impuesto a los combustibles y volvió a postergar una parte de las subas para la nafta y el gasoil

El Gobierno aumentó el impuesto a los combustibles y volvió a postergar una parte de las subas para la nafta y el gasoil


El Gobierno nacional oficializó un nuevo aumento del impuesto a los combustibles que comienza a regir desde este 1° de agosto de 2026 y, al mismo tiempo, decidió volver a postergar parte de las actualizaciones pendientes para la nafta y el gasoil.

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La medida fue publicada en el Boletín Oficial del último día de julio, mediante el Decreto 693/2026, con las firmas del presidente Javier Milei; el ministro de Economía, Luis Caputo, y el jefe de Gabinete, Diego Santilli.

De esta forma, se modificó nuevamente el cronograma vigente para la aplicación de los incrementos derivados de las actualizaciones correspondientes a 2024, 2025 y parte de 2026.

Según el decreto, la actualización alcanza al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Impuesto al Dióxido de Carbono, aunque el Poder Ejecutivo resolvió diferir nuevamente una porción de los aumentos remanentes con el objetivo de sostener el sendero fiscal definido por el Gobierno.

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Qué cambia con el nuevo decreto sobre el impuesto a los combustibles

La norma incorpora un nuevo esquema de incrementos para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 31 de agosto de 2026. En el caso de la nafta sin plomo, la nafta de más de 92 RON y la nafta virgen, el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos aumentará $10,572 por unidad de medida, mientras que el Impuesto al Dióxido de Carbono se incrementará $0,648.

Decreto 693/2026

Para el gasoil, el incremento será de $9,511 en el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, de $5,150 en el tratamiento diferencial previsto para determinadas jurisdicciones y de $1,084 en el Impuesto al Dióxido de Carbono.

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El Gobierno volvió a postergar parte de las actualizaciones

Además de aplicar el incremento correspondiente a agosto, el decreto modifica el esquema fijado por el Decreto 617/2025 y establece que los remanentes de las actualizaciones de los impuestos correspondientes a los años calendario 2024 y 2025, junto con la actualización del primer trimestre de 2026, continuarán aplicándose de manera escalonada.

Estación de servicio - Combustible 31072026

En ese sentido, el texto dispone que el incremento total pendiente derivado de esas actualizaciones “surtirá efectos respecto de la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de septiembre de 2026, inclusive”, por lo que el Gobierno volvió a diferir por un mes la aplicación plena de esos aumentos.

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Entre los fundamentos de la decisión, el Poder Ejecutivo sostuvo que “con el propósito de continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible, resulta necesario, para los productos en cuestión, diferir parcialmente los incrementos remanentes originados en las referidas actualizaciones”.

GZ/ lr





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