Los servicios de reparto y movilidad gestionados a través de plataformas tecnológicas quedaron bajo una nueva estructura regulatoria en Argentina. Mediante el Decreto 407/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno designó a la Secretaría de Transporte como autoridad de aplicación del régimen específico que regula estas actividades, una decisión que refuerza el enfoque logístico, sobre un segmento cada vez más relevante para la distribución urbana y la última milla.
La medida forma parte de la reglamentación de la Ley de Modernización Laboral y alcanza a los servicios privados de movilidad de personas y reparto que operan mediante plataformas tecnológicas. Según el texto oficial, la decisión se fundamenta en la naturaleza “predominantemente logística y de movilidad” de las actividades comprendidas dentro de este régimen.
En la práctica, el decreto reconoce el papel que estas operaciones tienen dentro de las cadenas de abastecimiento urbanas, especialmente en segmentos vinculados con comercio electrónico, distribución de alimentos y servicios bajo demanda. El crecimiento sostenido de estos modelos durante los últimos años transformó a la última milla en uno de los eslabones más dinámicos de la logística moderna.
La reglamentación establece que la Secretaría de Transporte será responsable de aplicar el régimen en materia operativa y regulatoria, mientras que la Secretaría de Trabajo mantendrá competencias sobre los convenios colectivos que eventualmente puedan desarrollarse dentro de esta actividad.

El decreto también incorpora una serie de herramientas orientadas a la digitalización de procesos administrativos y laborales. Entre ellas se destacan mecanismos de registración electrónica, sistemas digitales de notificación y nuevas modalidades para la gestión documental vinculada a las relaciones laborales. Según el Gobierno, estas medidas buscan reducir cargas administrativas, mejorar la trazabilidad de la información y agilizar los procesos de control.
Desde una perspectiva logística, la digitalización de registros y comunicaciones puede contribuir a una mayor integración de datos entre operadores, plataformas y organismos públicos, una tendencia que ya se observa en numerosos mercados donde la gestión de información en tiempo real se convirtió en un elemento central para la eficiencia operativa.
Otro aspecto relevante del decreto es la profundización de los esquemas de centralización de datos y trazabilidad de la información. La norma impulsa la utilización de sistemas electrónicos para distintas instancias de registración laboral y prevé mecanismos de intercambio de información entre organismos públicos, con el objetivo de simplificar trámites y fortalecer los procesos de fiscalización.
Si bien la mayor parte de la norma está orientada a cuestiones laborales y sindicales, la decisión de ubicar a la Secretaría de Transporte al frente del régimen de plataformas marca una señal sobre la creciente importancia que tienen las actividades de reparto, movilidad y logística urbana dentro de la economía digital. La expansión del comercio electrónico, el aumento de las entregas urbanas y la necesidad de optimizar la distribución de mercancías en entornos cada vez más congestionados han convertido a la logística de última milla en un sector estratégico para la competitividad y el abastecimiento.
Con esta reglamentación, el Gobierno incorpora formalmente esa dimensión logística dentro de la estructura regulatoria nacional, otorgando al área de Transporte un rol central en la supervisión de una actividad que hoy forma parte de la infraestructura operativa cotidiana de las ciudades y de las cadenas de suministro modernas.